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VII .- Directorio
El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
Año Nombre del documento Enlace a el documento
2023 Directorio
Area que genera la información Recursos Humanos
Fecha de Actualización 04/Enero/2024
Fecha de Validación 04/Enero/2024
Conservar en el sitio de internet Informacion Vigente